Galletas Siro sanciona a dos empleadas por pintarse los ojos

 

Toro(Zamora). El Grupo Siro, como consecuencia de no llegar a un acuerdo con la representación de los trabajadores en la negociación del Convenio Colectivo para la planta de Toro, cambia de estrategia.

A la intoxicación que durante meses viene sometiendo a sus “colaboradores” —nomenclatura que la Empresa utiliza para referirse a sus trabajadores—, ahora decide emplear otros medios más contundentes: amenazas y sanciones.

Hace algunos días esta Empresa amenaza a varias trabajadoras —para la C.G.T. las personas que trabajan en esta Empresa nos son “colaboradores” sino trabajadores y trabajadoras— con abrirles un expediente disciplinario como consecuencia de que acuden al centro de trabajo con los “ojos pintados”, argumento kafkiano y novedoso, pues tras varias décadas de funcionamiento en la fábrica “REGLERO” y, en los últimos meses, la Planta de Toro del GRUPO SIRO —la marca REGLERO ha sido vendida recientemente por este grupo—, nunca se había planteado conflicto alguno por este “detalle”.

Posteriormente, con un proceder coercitivo, entendemos desde la C.G.T., las amenazas se transforman en un apercibimiento sancionador para dos trabajadoras. Casualidades de la vida, ambas son integrantes del Comité de Empresa que está negociando el Convenio Colectivo, y una de ellas en representación de la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO. A la vista de este apercibimiento el servicio jurídico de la C.G.T. en Zamora presenta, en tiempo y forma, un escrito de alegaciones, fundamentando en la legislación vigente, en el que entendemos que el llevar “los ojos pintados” no es causa de sanción.

En el día de ayer, la Empresa haciendo caso omiso a las alegaciones presentadas por nuestra afiliada decide sancionarla, eso sí, en un acto deleznable, le ofrece dejar sin efecto la misma —según palabras textuales de los representantes de la Empresa “romper y tirar a la papelera el escrito” —si hoy acude a su puesto de trabajo sin “pintura en los ojos”. La sanción impuesta a nuestra compañera, así como a la otra trabajadora, ha sido tipificada como FALTA GRAVE que conlleva una suspensión de empleo y sueldo de 2 días.

Llegados a este punto, podemos afirmar sin animo a equivocarnos, pues así lo entendemos y lo recibimos, que el GRUPO SIRO aplica la máxima de que EL FIN JUSTIFICA LOS MEDIOS.

La C.G.T. adoptará las medidas legales oportunas en defensa de los DERECHOS de nuestra afiliada, y responderá oportunamente a la agresión continuada que esta Empresa está manteniendo hacia la clase trabajadora, pues ya va siendo hora de que la sociedad conozca la miserias que encierra esta Empresa, pues hasta ahora sólo se conocen los “bonanzas ficticias” de este grupo empresarial.

Zamora, a 22 de septiembre de 2010