Conciliación, cuatro semanas paternidad a partir del 1 enero 2017

 

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, estableció un conjunto de medidas para favorecer y fomentar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.En dicha ley se establecía «el permiso de paternidad de trece días de duración, ampliable en caso de parto múltiple en dos días más por cada hijo o hija a partir del segundo», « un derecho individual y exclusivo del padre, que se reconoce tanto en los supuestos de paternidad biológica como en los de adopción y acogimiento».Determinaba, en su disposición final segunda, la ampliación a cuatro semanas del correspondiente permiso, a partir del 1 de enero de 2011.Tras sucesivas modificaciones en las que se ha aplazado su entrada en vigor, en la establecida en la disposición final undécima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (BOE de 30 de octubre), se señalaba como nueva fecha de entrada en vigor de la Ley 9/2009, el 1 de enero de 2017.

Más información en documento consolidado BOE