El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anula el procedimiento de admisión en las escuelas infantiles de 0 a 3 años tras la denuncia de la CGT

 

La sentencia del TSJCyL ha estimado parcialmente la demanda presentada por el sindicato CGT acerca del proceso de admisión en las escuelas infantiles y define los criterios de admisión de los centros corresponde a la Consejería de Educación.

La sentencia del Tribunal respecto a los criterios de admisión en las Escuelas Infantiles de cero a tres años establece, concretamente, que «no es admisible que sea la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades la que discipline materia propia de la Consejería de Educación».

La sentencia abre la puerta a que todos los centros que atienden a niños de entre cero y tres años tengan necesariamente un carácter educativo y no asistencial, tal y como establece la Ley Orgánica de Educación (LOE).

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha expresado a Efe que acatará la sentencia y que se está estudiando desde un punto de vista jurídico cuál es la mejor fórmula para regular a partir de ahora la admisión en las Escuelas Infantiles.

Asimismo, Familia ha apuntado que esta sentencia sólo afecta a los criterios de admisión y no a las competencias generales del ciclo de educación no obligatoria de cero a seis años, que permanecen como hasta el momento.

La demanda que presentó el sindicato CGT contra la Consejería de Educación, la de Familia y la Federación Española de Religiosos de Enseñanza de titulares de los centros católicos, incluía otros aspectos que han sido desestimados: los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación infantil en la Comunidad y los requisitos que deben reunir dichos centros.

Respecto a los contenidos y requisitos, sobre los que la CGT alegaba que no existía una regulación previa estatal, el TSJCyL ha desestimado el recurso.

Actualmente existen 29 Escuelas Infantiles en Castilla y León en las que trabajan 310 trabajadores.