La modificación consiste en que podrán acceder a dichas ayudas «…siempre que las suspensiones de contratos de trabajo se hayan hecho efectivas dentro del periodo subvencionable, que se extenderá desde el 1 de noviembre de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2009». Cuando antes, este periodo era solamente para la autorización de los ERE.
También modifica la documentación a presentar que bastará con una declaración responsable sobre la veracidad de los datos.
Y se establece un nuevo periodo para presentar solicitudes de 15 días, a contar a partir de mañana.
Puedes pinchar el PDF para acceder a la orden.